Directiva Administrativa N.º 373‑MINSA/OGTI‑2025

Directiva Administrativa N.º 373‑MINSA/OGTI‑2025: cómo avanza la acreditación de las Historias Clínicas Electrónicas en el Perú

La transformación digital del sistema de salud en el Perú ha dado un paso decisivo con la aprobación de la Directiva Administrativa N.º 373‑MINSA/OGTI‑2025, normativa que regula de manera formal el proceso de acreditación de los Sistemas de Información de Historias Clínicas Electrónicas (SIHCE) utilizados por hospitales y centros médicos públicos y privados.

Esta directiva, aprobada mediante la Resolución Ministerial N.º 164‑2025‑MINSA y publicada el 11 de marzo de 2025, establece un marco obligatorio que busca garantizar la seguridad, interoperabilidad, calidad y trazabilidad de la información clínica digital en todo el país.

¿Qué regula la Directiva Administrativa N.º 373‑MINSA/OGTI‑2025?

La Directiva 373‑MINSA/OGTI‑2025 tiene como finalidad estandarizar y acreditar los sistemas de historias clínicas electrónicas que se utilizan en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS),independientemente de su naturaleza jurídica.

Entre sus principales lineamientos se encuentran:

  • El proceso formal de acreditación del SIHCE.
  • Los criterios técnicos, funcionales y de seguridad que deben cumplir los sistemas.
  • La definición de roles y responsabilidades de las entidades y equipos evaluadores.
  • La articulación obligatoria con el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas (RENHICE),
    creado por la Ley N.º 30024.

Esta normativa consolida la historia clínica electrónica como un activo estratégico del sistema de salud nacional, reforzando su carácter de información de interés público bajo altos estándares de protección.

¿A qué instituciones aplica esta normativa?

El cumplimiento de la directiva es obligatorio para todas las instituciones que utilicen sistemas de historia clínica electrónica, incluyendo:

  • Hospitales y establecimientos del Ministerio de Salud (MINSA).
  • Gobiernos regionales y gobiernos locales.
  • EsSalud.
  • Sanidades de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
  • Instituto Nacional Penitenciario (INPE).
  • Clínicas y centros médicos privados y mixtos.

Esto implica que todo hospital o centro médico que opere con Historias Clínicas Electrónicas debe adecuar su tecnología, procesos y seguridad de la información al marco normativo del MINSA.

La acreditación del SIHCE: un requisito estratégico, no solo normativo

La acreditación definida por la Directiva 373 no debe entenderse únicamente como un trámite administrativo. Se trata de un proceso técnico integral que evalúa el funcionamiento real de los sistemas de información clínica.

Entre los aspectos clave evaluados se encuentran:

  • La seguridad de la información y protección de los datos personales del paciente.
  • La integridad y disponibilidad de la historia clínica electrónica.
  • Los niveles de interoperabilidad con los sistemas nacionales de salud.
  • La trazabilidad de accesos, modificaciones y registros clínicos.
  • El cumplimiento de estándares funcionales y técnicos definidos por el MINSA.

El objetivo es asegurar que los sistemas no solo funcionen, sino que lo hagan de manera confiable, segura y sostenible, facilitando una atención más eficiente y centrada en el paciente.

El rol de la tecnología especializada en el cumplimiento de la Directiva 373

Uno de los principales desafíos para hospitales y centros médicos es la adecuación de sus sistemas actuales a los requerimientos técnicos de la normativa. Este proceso exige mucho más que una actualización tecnológica puntual.

Es indispensable contar con soluciones que integren:

  • Conocimiento del marco legal y regulatorio del MINSA.
  • Experiencia en sistemas de información en salud.
  • Capacidad de adaptación a procesos de acreditación y auditoría.
  • Diseño basado en interoperabilidad y seguridad desde el origen.

En este escenario, la tecnología deja de ser un soporte operativo y se convierte en un factor crítico de cumplimiento normativo.

¿Cómo está trabajando Naturalsoft en la aplicación de esta normativa?

En Naturalsoft, la Directiva Administrativa N.º 373‑MINSA/OGTI‑2025 ha sido incorporada como un eje central en la evolución de sus soluciones de salud digital.

El enfoque de trabajo se orienta a:

  • Desarrollar sistemas alineados con los criterios de acreditación del MINSA.
  • Acompañar a hospitales y centros médicos en su proceso de adecuación normativa.
  • Facilitar la evaluación y acreditación del SIHCE.
  • Garantizar la interoperabilidad con el RENHICE y otros sistemas nacionales.

Este enfoque permite que las instituciones de salud se concentren en la atención de sus pacientes, contando con una plataforma tecnológica preparada para cumplir con la normativa vigente y con futuras actualizaciones regulatorias.

Un paso clave hacia un sistema de salud digital interoperable

La Directiva Administrativa N.º 373‑MINSA/OGTI‑2025 marca un antes y un después en la gestión de la información clínica en el Perú. Su correcta implementación fortalece la seguridad de los datos y promueve un sistema de salud más integrado, transparente y eficiente.

La articulación entre el marco regulatorio del MINSA y proveedores tecnológicos especializados como Naturalsoft es clave para que todos los hospitales y centros médicos, públicos y privados, logren una adopción efectiva de la historia clínica electrónica acreditada.

Autor: Sara Nievas
Marketing communications Manager en Naturalsoft

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